Recientemente, la Corte de Constitucionalidad falló a favor de la empresa British American Tobacco Central America, quien interpuso un recurso de inconstitucionalidad alegando doble tributación. La empresa fundamenta que ya cobra el impuesto al valor agregado por la venta de sus productos y, con artificios legales, ha intentado demostrar que el impuesto selectivo que se cobra al tabaco constituye un doble pago. Digo artificio porque, como dos y dos con cuatro, una cosa es el impuesto al consumo de cualquier producto y otra, muy diferente, es la tributación selectiva que debe pagar un producto en especial.
En tres ocasiones anteriores la Corte había rechazado este tipo de recursos que no solo disminuyen los ingresos del Estado, sino que pasa por alto que el impuesto sirve como un mecanismo para persuadir al consumidor de que el producto es nocivo para su salud. Bueno, no es la primera vez que esto sucede. Quienes elaboraron la Constitución de la República dejaron en el Artículo 243, la nefasta posibilidad de que la tributación sea una negociación directa entre el Estado y las clases propietarias en donde, dicho sea de paso, la balanza está inclinada a favor de los segundos.
Esta disposición constitucional limita la capacidad de que sea en el Congreso, es decir, en el terreno político, en donde se discuta y defina el poder tributario del Estado, trasladando esa facultad a las élites económicas. Esta restricción del Poder Legislativo, debe entenderse como una restricción adicional a la construcción de una verdadera democracia.
He de decir que en Guatemala la Constitución permite que cualquier ciudadano o empresa, con la asistencia de tres abogados, pueda presentar un recurso ante la Corte de Constitucionalidad, la que puede suspender cualquier ley si considera que esta vulnera algún derecho constitucional. Ojalá los ciudadanos analfabetas tuvieran recursos para contratar tres abogados e ir a la Corte y reclamar su derecho a la educación; y los deudos de aquellos que nunca tuvieron acceso al sistema de salud, deberían de asistir a la Corte a reclamar el derecho a la vida; Ojalá los miles de desempleados tuvieran la oportunidad de reclamar su derecho al trabajo. Porque sí, aunque usted no lo crea, estos también son derechos constitucionales.
Usted y yo, los ciudadanos de este país, debemos entender que el fallo de la Corte a favor de la tabacalera revela algo que dijo Anacarsis, uno de los Siete Sabios de Grecia, hace más de 2700 años: “Muchas veces las leyes son como las telarañas: los insectos pequeños quedan prendidos en ellas, mientras los grandes la rompen”. Si queremos vivir en un país diferente, es urgente que nos sentemos a negociar la modernización fiscal de Guatemala.
